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La devolución del IVA ya superó 7.700 millones de pesos y alcanzó a más de tres millones de personas

Las compras en comercios habilitados apunta a paliar el efecto inflacionario.
Las compras en comercios habilitados apunta a paliar el efecto inflacionario.
25/09/2023 20:35 hs

El titular de la Dirección General de Aduanas (DGA), Guillermo Michel, informó que "al viernes pasado se habían devuelto a 3,3 millones de personas cerca de 7.700 millones de pesos" en concepto de devolución de IVA. Cuando terminemos de procesar lo del fin de semana, veremos que fue un récord", dijo Michel en declaraciones radiales.

Respecto de la medida Compre sin IVA, dijo que sacar el impuesto “no es eficiente desde el punto de vista técnico impositivo porque ahí se ataca la oferta”, pero subrayó que la medida impulsada por el ministro de Economía, Sergio Massa, “va directo a la demanda”.

Al tiempo que se implementa la devolución del IVA hasta el 31 de diciembre de este año, el Gobierno envió la semana pasada al Congreso un proyecto de ley para dejar permanente la devolución del IVA para los productos de la canasta básica para sectores con menores ingresos. Se espera que el proyecto comience a ser debatido en comisión esta semana.

La iniciativa busca darle continuidad a través del respaldo legislativo a las medidas económicas anunciadas la semana pasada por el ministro y candidato presidencial que se comenzaron a implementar formalmente el lunes 18 de septiembre, con la devolución del IVA para los sectores de menores ingresos.

El texto precisa que, de ser aprobado por el Parlamento, comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024, y faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.

En el artículo 1 establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.

Asimismo, serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

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