Saltar menúes de navegación e información institucional Teclas de acceso rápido Actualidad
se tranquilizaron las aguas Actualidad

Acopiadores y molinos acordaron pautas para los análisis de calidad de trigo

Los acopios se habían quejado de que había molinos que pagaban bonificaciones según sus propios análisis de calidad, lo que estaba en contra de los buenos usos y costumbres.
06/02/2017 05:48 hs

Finalmente, el agua no llegó al río: la Federación de Centros y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales y la Federación Argentina de la Industria Molinera (Faim) anunciaron la firma de un acuerdo para establecer parámetros claros en torno a cómo deben efectuarse los análisis de calidad que se utilizan para pagar las bonificaciones en el precio del cereal.

A fines del año pasado, los acopiadores habían denunciado que eran víctimas de una “estafa” por parte de la mayoría de los molinos que, “de manera inconsulta, decidió imponer una cláusula en los contratos de compra-venta de trigo donde establecen que la bonificación por calidad la pagarán según sus propios análisis”.

Los molineros rechazaron estas acusaciones, afirmando que esas cláusulas se usan desde hace muchísimo tiempo. En el medio, el Gobierno intervino a través del Ministerio de Agroindustria que difundió recomendaciones a la hora de comercializar el cereal.

Acuerdo

En un comunicado, la Federación de Acopiadores señaló que, con este acuerdo, ambas partes “ratifican su compromiso de contribuir con el desarrollo de una comercialización e industrialización de trigo cada vez más armónica, eficiente y transparente”.

Además, manifestó que el duro comunicado de diciembre “no pretendió agraviar a los molinos harineros, con quienes los acopiadores mantienen y lo seguirán haciendo, históricas relaciones comerciales. Dichos términos deben interpretarse como expresiones vehementes de una situación no deseada”.

Cuatro puntos

El convenio firmado por los acopiadores y Faim incluye cuatro puntos:

1. Recomendar a sus miembros que en los contratos donde se pacte “Calidad según análisis molino/comprador” o cláusula similar, se incorpore a continuación la siguiente leyenda: “en caso de discrepancias con la calidad determinada, el vendedor podrá recurrir al análisis de la Cámara Arbitral pactada a los efectos de su liquidación”.

2. Recomendar a los actores intervinientes en el proceso de comercialización, unificar el método analítico y la extracción de muestras. De esta forma, se evitará que una misma mercadería obtenga resultados distintos, producto de la aplicación de metodologías diferentes.

3. De no lograrse el acuerdo de unificación de criterio analítico, recomendar que se describa en el contrato, la metodología aplicada por el Molino/Comprador para la realización de los análisis de calidad pactados.

4. Informar de este acuerdo intersectorial a la Cámara Arbitral de Buenos Aires, en su carácter de coordinadora de las reuniones intersectoriales mencionadas.

Envía tu comentario

Teclas de acceso