El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación publicó en el Boletín Oficial la resolución 439/2022, a través de la cual dispuso nuevas regulaciones para el transporte de envases vacíos de agroquímicos.
En concreto, la cartera que conduce Juan Cabandié aprobó un “régimen transitorio de trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios Tipo B”.
Se trata de aquellos bidones que, por sus características, no resisten un triple lavado o contienen sustancias no dispersables en agua, y por tanto no pueden ser reutilizados y deben ser enviados a disposición final.
Por ley, los envases usados deben ser transportados desde los campos a los Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT), y de allí a los operadores finales que, dependiendo de qué tipo de bidón sea, los reciclan o los eliminan.
Pero en los considerandos de la resolución, Ambiente explica que no está normado de manera correcta el modo en que deben trasladarse los envases Tipo B, desde los CAT hasta los operadores finales. La novedad es la incorporación de la carta de porte para este procedimiento.
En ese sentido, agrega que “los operadores habilitados para el tratamiento de envases vacíos de fitosanitarios o similares, así como los que se habiliten en el futuro, deberán exigir (la carta de porte), como único documento necesario para acreditar el transporte de carga de los envases vacíos Tipo B”.
Todo este régimen de trazabilidad estará vigente hasta que se ponga en marcha el Sistema Único de Trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios, cuya fecha tope para comenzar a regir es el 30 de septiembre del 2023.
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