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Marcha atrás con el decreto que pretendía modificar la Ley de Semillas

Marcha atrás con el decreto que pretendía modificar la Ley de Semillas
Marcha atrás con el decreto que pretendía modificar la Ley de Semillas
28/08/2019 06:36 hs

El Gobierno tenía decidido usar esa vía ante la demora del Congreso en sancionar una nueva ley. Algunos puntos incluidos en la norma, resistidos por entidades del campo y semilleros, hicieron desistir al Presidente de firmar el decreto.

El Gobierno nacional, finalmente, dio marcha atrás en su idea de modificar la vigente Ley de Semilla N° 20.247 a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).

Este martes, durante todo el día, corrieron versiones de que la administración del presidente Mauricio Macri ya tenía decidido instrumentar el decreto ante la demora del Congreso de la Nación en sancionar una nueva norma, a pesar de que existe un dictamen favorable desde el año pasado para reemplazar a la Ley N° 20.247, que data de 1973 y que fue reglamentada por un decreto del presidente Carlos Menem en 1991 tal cual lo describe la nota de Danilo Lima en DOS FLORINES.

Las versiones indicaban que el anuncio del decreto se iba a oficializar este jueves durante un acto en el Salón Blanco de la Casa Rosada del que participarían las empresas semilleras y las entidades del sector agropecuario.

En la noche de este martes, sin embargo, se supo que el Gobierno decidió frenar el decreto, aparentemente porque incluía puntos –incluidos en el dictamen de Diputados– que generaban fuerte resistencia tanto en las entidades del sector agropecuario como de las empresas semilleras.

La desgravación de Ganancias en la compra de semillas y la prohibición de controles privados serían dos de los puntos resistidos.

La modificación de la Ley N° 20.247 siempre estuvo envuelta en una dura polémica –por el tenor de los cambios– dado que el proyecto limita el derecho al uso propio de la semilla, un tema muy resistido por no pocos productores.

El dictamen favorable que el proyecto obtuvo en Diputados, concretamente, limita el uso propio –es decir, el derecho contemplado en la ley por la cual un productor puede guardar parte de la cosecha de trigo o soja para volver a usar como semilla en la siguiente campaña– y lo grava, salvo para pueblos originarios, agricultura familiar y productores que no superan los 4,8 millones de pesos de facturación.

También establece que por cinco años las empresas debían contemplar en la bolsa de semilla el valor que pretendían cobrar por regalías.

El Gobierno nacional, desde su asunción, siempre ha sostenido que la modificación a la Ley N°20.247 es necesaria para que las empresas traigan al país aquellos tecnologías consideradas indispensables en la agricultura actual para el control de malezas y plagas, además de materiales resistentes a la sequía. Hasta ahora no lo hacen porque consideran que el marco legal actual no garantiza la propiedad intelectual.

Hay que recordar, en este sentido, que la ley vigente fue sancionada en 1973 cuando no existían los eventos biotecnológicos y de soja nadie ni siquiera hablaba en la Argentina.

En la actualidad, algunas estimaciones indican que la venta de semillas fiscalizadas en soja, sin contar los acuerdos de regalías privadas entre las empresas y productores, se ubica apenas en el 20%, mientras el resto se divide entre el uso propio y la bolsa blanca (ilegal).

La Ley N° 20.247 fue dictada en las postrimerías de la dictadura del general Alejandro Lanusse. Se sancionó el 30 de marzo de 1973 (el 11 de ese mes, Héctor Cámpora ya había sido elegido presidente constitucional) sobre la base, se argumentaba en aquella época, de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, el nombre que los golpistas que derrocaron al presidente Arturo Illia, en 1966, dieron a aquel gobierno de facto.

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