Saltar menúes de navegación e información institucional Teclas de acceso rápido Actualidad
Ganaderia

Transporte: suman nuevas reglas para el bienestar animal

La habilitación de los camiones se debe validar cada dos años.
La habilitación de los camiones se debe validar cada dos años.
26/08/2022 11:15 hs

Rigen nuevos requisitos documentales y de infraestructura que deben cumplir los transportes de animales vivos para su habilitación y establecen nuevas responsabilidades y obligaciones del propietario y del conductor relacionadas al bienestar animal.

La normativa actualiza y prevé la habilitación y rehabilitación de camiones jaula (simple, doble y triple piso), acoplados, semirremolques (simple, doble y triple piso), cisternas, embarcaciones jaulas, furgones/utilitarios, tráilers, playos y camionetas, para el traslado de bovinos, bubalinos, ovinos caprinos, equinos, porcinos, aves y productos y subproductos de origen animal tales como cueros y pieles brutas, estiércol, guano aviar, guano caprino, cama de pollo, lana sucia vellón, lana sucia no vellón, lana limpia, pelos, cerdas, subproductos de plantas de incubación, huevos fértiles, cada uno en su categoría correspondiente.

Por caso, el período de validez de la habilitación y/o rehabilitación de un transporte de animales vivos es de dos años. Además, el número de habilitación debe ser pintado en ambos laterales y en la parte posterior del vehículo con la siguiente leyenda “Habilitación Senasa N° ...”. También, el trámite debe ser presencial ante una Oficina Local o ante un Servicio de Inspección Veterinaria (SIV) en una planta de faena.

Asimismo, es importante destacar que es responsabilidad de la persona propietaria y/o a cargo de conducir el transporte:

-Presentar la Tarjeta de Habilitación Sanitaria cada vez que la autoridad policial y/o del Senasa la requieran.

-Exigir el Documento de Tránsito electrónico (DTE) para proceder a realizar el traslado de la mercancía.

-Completar los datos exigidos en el DTE para el transportista y firmar el mismo en carácter de Declaración Jurada.

-Acompañar el Certificado Único de Lavado y Desinfección que garantice la limpieza del transporte.

-Cumplir con la colocación de precintos oficiales numerados, o con precintos validados por el Senasa, cuando así lo exija la normativa vigente.

-Evaluar la aptitud de los animales a embarcar en función de su estado físico, distancias a recorrer y capacidad de carga del transporte.

Las consultas se pueden encarar en la página web de Senasa o a la Coordinación General de Sistemas de Gestión Sanitaria, enviando un correo electrónico a hacelafacil@senasa.gob.ar.

Ganaderia

Envía tu comentario

Teclas de acceso