la AFIP ha comunicado a través de su sitio web: www.afip.gov.ar, en la aplicación “novedades”, la decisión de prorrogar hasta el 04 de mayo la obligación de obtener y consignar el Código de Trazabilidad de Granos (CTG) en las cartas de porte que se emitan, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Resolución General 2556 (AFIP), Resolución 1173/09 (ONCCA) y Disposición 3/09 (Subsecretaría del Transporte Automotor).
El anuncio trajo alivio al sector porque el viernes comenzaba a regir el plazo para obtener y consignar el CTG y todavía no se habían publicado los anunciados cambios al sistema en la carta de porte sin los cuales la operatoria era impracticable.
El Código de Trazabilidad permite monitorear la carga durante todo el recorrido y realizar los controles correspondientes, y activa la Carta de Porte. El mismo se solicitará mediante la página web de la AFIP, www.afip.gob.ar, vía telefónica o por mensaje de texto, y su implementación regirá a partir del 04 de mayo.
El plazo le dará tiempo al gobierno para publicar en el Boletín Oficial los cambios. El principal punto es que se restablecía (aunque sin nombrarlo así) la figura de operación “a cuenta y orden”, que había desaparecido en el nuevo régimen de carta de porte anunciado en enero que hacía casi imposible el transporte y dificultando al máximo a quienes operaban con canje.
Pero también le dará tiempo para perfeccionar y pulir algunos aspectos del sistema de administración Jauke (que se sigue trabando) y hasta se estaría analizando la posibilidad de hacer las gestiones ya no más por enlace sino por página web.
También aprovecharán el tiempo para mejorar algunos aspectos operativos del nuevo sistema, cuyas pruebas no fueron del todo exitosas y generan demoras en la operatoria en los puertos.
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