El gobierno nacional dispuso que a partir del próximo 31 de julio la medida deberá gestionarse únicamente a través de la plataforma "Trámites a Distancia".
El gobierno nacional dispuso que a partir del próximo 31 de julio deberán comenzar a gestionarse a través de la plataforma "Trámites a Distancia" (TAD) una extensa serie de requerimientos entre las cuales están incluidas algunas operaciones de carácter agroindustrial.
La resolución 74/19 de la Secretaría de Modernización -publicada hoy en el Boletín Oficial- determinó que desde el último día del presente mes deberá tramitarse solamente por vía digital la inscripción al registro de firmas de productos veterinarios del Senasa (para droguerías, principios activos y firmas con planta) y la modificación al registro de firmas de productos veterinarios en lo que respecta al cambio de director técnico, alta de plantas, transferencia de habilitación de establecimiento, evaluación de anteproyecto de modificación de condiciones edilicias e inspecciones y constataciones en establecimientos.
La medida también comprende -en el ámbito del Senasa- la certificación de calidad e inocuidad para la exportación de granos a requerimiento de terceros mercados y las evaluaciones técnicas para importación/exportación de productos y subproductos de origen animal en casos especiales o no regulados.
En el ámbito de la Secretaría de Agroindustria la obligación de gestionar en plataformas digitales pasará a comprender la renuncia a la cuota ACE 59/72 Lácteos y la solicitud y renovación del Sello Alimentos Argentinos.
En lo que respecta al Instituto Nacional de Semillas (Inase), a partir del 31 de julio deberán tramitarse por vía digital denuncias por infracción a la Ley de Semillas N° 20.247.
Otra gestión que solamente podrá hacerse por vía digital a partir del último día del presente mes es la solicitud de excepciones al Arancel Externo Común del Mercosur ante el Ministerio de Producción y Trabajo.
Fuente: Valor Soja
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