La medida se adoptó a través de la Resolución General 3.225, publicada en el Boletín Oficial. La norma fijó el valor referencial de U$S 14 para los arándanos rojos, mirtilos y demás frutos del género, envasados en contenido neto inferior o igual a 2,5 kilogramos, cuando las exportaciones estén registradas entre el 3 de septiembre de 2012 y el 30 de septiembre de 2012, inclusive. Para las exportaciones verificadas entre el 1 y el 7 de octubre de 2012, el valor referencial se estableció en U$S 12, en tanto que para las ventas al exterior realizadas entre el 8 y 14 de ese mes se estipuló en U$S 10.
Para las operaciones efectuadas entre el 15 y 21 de octubre el valor establecido es de U$S 8, y entre el 22 y 28 de ese mes en U$S 6,50 dólares, y entre el 29 de octubre y el 4 de noviembre en U$S 6. Se estipuló en U$S 5,50, para las exportaciones que se concreten entre el 5 de noviembre y el 30 de diciembre de 2012. La norma puntualizó que esos valores entran en vigencia cuando el destino de las exportaciones de los arándanos sea alguno de los siguientes: Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia, Rusia, Canadá o Estados Unidos. Este último país es el principal receptor de los arándanos tucumanos. La AFIP también actualizó valores para la comercialización de cueros y maderas contrachapadas, y modificó posiciones arancelarias en otros 10 productos.
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