Desde el 1 de agosto, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria solicitará a los apicultores la gestión obligatoria del Documento de Tránsito electrónico para amparar el traslado del material apícola melario desde los apiarios hacia las salas de extracción de miel. La medida
reemplaza al remito que se presentaba impreso y quedaba únicamente registrado en formato papel.
Para la emisión de este documento, los titulares de los apiarios deberán autogestionarlo en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal. Por su parte, los responsables de las salas de extracción de miel deberán efectuar el cierre del DT-e para garantizar una trazabilidad precisa y segura en toda la cadena apícola.
Este documento permitirá determinar el tiempo real de estadía del material melario en las salas de extracción de miel, permitiendo verificar que su permanencia en el establecimiento no supere las 48 horas desde su ingreso.
Adicionalmente, la entrada en vigencia del DT-e reforzará las garantías sanitarias que actualmente nuestro país cumple con aquellos socios comerciales a quienes exporta miel, demostrando la aptitud y calidad de este producto y ampliando las posibilidades de nuevos mercados internacionales.
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