El gobierno les recordó a los productores que, pese a lo que digan los contratos con los molineros, pueden mandar a analizar la calidad del trigo a las Cámaras Arbitrales.
A su forma, el gobierno nacional intervino ayer en la puja entre acopios y molineros por el análisis de la calidad en el trigo, un tema no menor ya que se trata de un mínimo de $100 la tonelada que puede haber de diferencia en el precio por cada punto de porcentaje de glutem que tenga el cereal comercializado.
Ayer, la Federación de Acopiadores alertó que "la mayoría de los molinos harineros decidió imponer una cláusula en los contratos de compra-venta de trigo donde establecen que la bonificación por calidad la pagarán según sus propios análisis". Para la entidad, "se trata de una estafa, ya que en casos de discrepancia son las Cámaras Arbitrales las encargadas de dirimir los conflictos".
Hoy, en tanto, el Ministerio de Agroindustria de la Nación, que conduce Ricardo Buryaile, a través de la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios y la Subsecretaría de Agricultura, emitió un comunicado en el que recuerda a los productores de trigo la conveniencia de efectuar análisis previos de la mercadería a entregar, a fin de conocer con certeza la calidad de la misma.
"Además, se recuerda que cuando realicen contratos de venta a molinos harineros y otros integrantes de la cadena comercial, aunque los molinos puedan incluir cláusulas de liquidación de calidad según recibo del comprador, en caso de discrepancias con la calidad determinada tienen derecho a solicitar el lacrado de muestras de la mercadería entregada y, de acuerdo con las "Reglas y Usos del Comercio de Granos", a requerir la presencia de Recibidores Oficiales y/o la reconsideración del análisis y posterior arbitraje ante la Cámara Arbitral correspondiente", sostiene Agroindustria.
Asimismo, se recomienda a los molinos harineros y demás integrantes de la cadena comercial, que deben especificar en el contrato las condiciones de calidad según las cuales se efectúa la operación y, en el caso que correspondiera, el método a utilizar para la realización de los análisis.
Por último, se reitera a vendedores y compradores la obligación de sellar todos los contratos que amparen las transacciones de granos y la conveniencia de utilizar el servicio de firma digital "Confirma" o los formularios diseñados al efecto por las Bolsas y/o Cámaras Arbitrales correspondientes.
Los acopios sostienen que hay repetidos casos en que los molinos pagan por el grano recibido en base a los resultados de sus análisis de calidad pese a que los vendedores sostienen que no es correcto el resultado y, como el modelo de contrato firmado no le da margen para la queja si se quiere concretar la entrega en planta, proponen que se establezca como norma la obligatoriedad de recurrir a la Cámara cuando haya diferencias sobre la calidad del trigo.
Por el contrario, en la Federación de la Industria Molinera (FAIM) le bajan el perfil al reclamo ya que sostienen que los laboratorios en las plantas están homologados y que en rigor los casos conflictivos son puntuales y en zonas donde el vendedor no tiene mucha alternativas dónde entregar el trigo y por eso el comprador se puede poner más de punta.
Fuente: punto biz