Transportistas de hacienda pueden lavar vehículos sin obligación de recurrir a lavaderos habilitados mientras dure la emergencia

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Transportistas de hacienda pueden no recurrir a lavaderos habilitados

Las autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispusieron que los transportistas de animales vivos podrán lavar los vehículos sin necesidad de recurrir a lavaderos habilitados hasta tanto finalice el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Por medio de la resolución 313/20 se indicó que “a fin de no afectar el transporte de animales en pie a causa de la escasa disponibilidad de lavaderos habilitados en funcionamiento en el orden nacional, resulta conveniente permitir el lavado en terceras locaciones”.

La única exigencia del Senasa publicó VALOR SOJA es que los transportistas completen una declaración jurada, en la cual afirmen que procedieron a limpiar el vehículo, la que reemplazará de manera excepcional el “Certificado Único de Lavado y Desinfección de Vehículos para el Transporte de Animales Vivos”

“Dicho formulario tendrá una validez igual a la prevista en el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) que ampara el movimiento de los animales”, especifica la resolución 313/20.

El modelo de declaración jurada puede verse aquí: https://bit.ly/3eFJ5hU

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