Se reglamentó el “Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas” cinco años y medio después de haber sido creado

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Finalmente, cinco años y medio de haber sido creado, se reglamentó el “Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas” creado a comienzos de 2015 por medio de la Ley 27.066.

Las autoridades del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación definieron hoy las zonas que estarán comprendidas en dicho régimen a partir del denominado “Índice de Aridez de Martonne” reconocido como válido por el INTA.

Entre las zonas definidas como áridas y semiáridas se incluyen Patagones, Villarino (provincia de Buenos Aires), Cruz del Eje, Ischilín, Minas, Pocho (Córdoba), Caleu Caleu, Curaco, Loventué, Hucal, Utracán (La Pampa), Ayacucho, Belgrano y Junín (San Luis), entre otras.

El Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas tiene por objeto incrementar en dichas zonas “la oferta de productos y subproductos de la ganadería bovina de carne para abastecer adecuadamente al mercado interno y externo, tanto en calidad como en cantidad, mejorando la eficiencia productiva, los sistemas comerciales, de información y la competitividad del negocio de productos y subproductos de las especies bovinas, preservando los equilibrios ambientales de estas regiones”.

La Ley 27.066 dispuso la creación de un “Fondo para Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas” con recursos anuales por 100 millones de pesos, los cuales, luego de cinco años de elevada inflación, carecen de relevancia para implementar políticas efectivas al respecto.

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