Rige la veda para la pesca del armado

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La medida alcanza la jurisdicción provincial. En Santa Fe, en tanto, estudian aplicar una restricción similar.La Dirección de Recursos de Naturales de la Secretaría de la Producción informó que a través de la Resolución 326 se declaró la veda temporal de las especies Armado Común (Pterodoras granulosus) y Armado Chancho (Oxydoras kneri), en el ámbito de la provincia de Entre Ríos, hasta tanto no se modifiquen las actuales circunstancias que ameritan el dictado de la disposición.El Subsecretario de Asuntos Agrarios y Recursos Naturales explicó que la medida fue tomada dada la crítica situación por la que están atravesando las poblaciones de armado en el tramo inferior del Paraná Medio.Los estudios recientes determinaron que las epizootias que padecen estas especies se deben al ataque una bacteria denominada “Edwardsiella tarda”. A pesar que desde la Secretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación se informó que los peces afectados pueden ser consumidos por el ser humano, sometidos a una cocción previa, sin que exista la transmisión de este patógeno al hombre, es prudente recomendar su no aprovechamiento.Aunque aun no está determinado si este bacilo acarrea otro tipo de patógeno que podría ser agente perjudicial para la saluda humana, es necesario y conveniente vedar la captura de cualquier forma de ejemplares de estas especies, mientras tanto persista la actual situación de epizootias, a los efectos de salvaguardar la salud de las personas y contribuir a la recuperación de las poblaciones afectadas.Amavet explicó también que las autoridades de la Secretaría de Estado y Medio Ambiente del Gobierno de Santa Fe fueron comunicadas de la resolución adoptada y estarían estudiando implementar una medida similar en su jurisdicción.La Resolución 326 prohíbe la captura, comercio, circulación o industrialización de ejemplares armado, mientras persista la epizootia y dispone que se explicite la conveniencia de evitar el consumo mientras continúen las actuales condiciones, estableciendo además que cualquier violación a la Resolución será pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente. Prohíben la pesca en el Alto Paraná y el río Paraguay Se acordó una veda total de pesca por 50 días en los ríos Paraná y Paraguay, donde se ha registrado una disminución en la abundancia de las poblaciones. La medida fue impulsada por el Comité Coordinador de la región, que tiene por objetivo la conservación y desarrollo de los recursos ícticos en los tramos limítrofes de los ríos Paraná y Paraguay. El mismo está integrado por la subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación y las provincias de Chaco, Formosa, Misiones y Corrientes, junto con la República del Paraguay. La veda entrará en vigencia a las 00.00 hs del 1 de noviembre y se extenderá hasta la hora 24 del 20 de diciembre. En el río Paraná, comprenderá la zona de la desembocadura del río Iguazú hasta su confluencia con el río Paraguay, mientras que en este último, se extenderá desde la desembocadura del río Pilcomayo hasta su afluencia con el río Paraná. De acuerdo a las regulaciones establecidas en el reglamento elaborado por el Comité Coordinador, solo se permitirá la pesca de subsistencia que se realice desde la costa con caña y reel o línea. En el Acta firmada por la Comisión Mixta, que integran Paraguay y Argentina, las dos delegaciones coincidieron en subrayar que la veda de pesca es una importante herramienta de preservación de recursos ícticos. Asimismo, la Comisión señaló que las actividades extractivas no son la principal causa del impacto negativo en las poblaciones de peces, sino que también influyen otros factores, como la contaminación de las aguas, las obras civiles, la deforestación y la utilización de grandes remolcadores de empuje.Cabe destacar que el Comité Coordinador, asesorado por un cuerpo técnico de carácter binacional, ha elaborado y aprobado un reglamento unificado de pesca. El mismo está orientado a proteger la sustentabilidad de los recursos compartidos en los tramos limítrofes.

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