Decreto municipal

Restringen el tránsito pesado en Paraná

Actualidad
Contempla circuitos de circulación y cargas máximas. En caso de incumplimiento se deberá descargar el exceso de carga. La comuna estableció mediante decreto nuevas disposiciones para el tránsito pesado dentro del ejido urbano.

Las regulaciones al tránsito del transporte de cargas en la ciudad fueron adoptadas “con el propósito de optimizar el uso de las calles del ejido de la ciudad, disminuir los factores de riesgo en accidentes de tránsito, evitar conflictos ambientales y preservar la vida útil de la trama vial pavimentada y mejorada”, se indicó desde la comuna.

En tal sentido, se estableció que el peso máximo debe ser de hasta 45 toneladas en el circuito de tránsito de carga, hasta 18 toneladas en las calles de concesión (25 metros de ancho) y avenidas (excluida Laurencena entre Ramírez y Anacleto Medina); hasta 12 toneladas en las calles de 15 metros de ancho; y hasta 8 toneladas dentro de la zona del micro centro de la ciudad.

El peso máximo está compuesto por el peso propio del vehículo en condiciones de marcha con su tripulación, accesorios, y abastecimiento completo, más su carga.

Se estableció como circuito de tránsito de carga hasta un peso máximo de 45 toneladas el siguiente: Zanni desde el límite sur del ejido municipal hasta Balbín; Balbín desde Zanni hasta Salvador Caputo; Salvador Caputo desde Balbín hasta Miguel David; Miguel David desde Salvador Caputo hasta Antonio Salellas; Antonio Salellas-Gdor. Maya desde Miguel David hasta Acceso Norte; Acceso Norte desde Gdor. Maya hasta José Hernández; José Hernández desde Acceso Norte hasta Dr. Raúl Lucio Uranga; y Raúl Lucio Uranga hasta acceso del Túnel Subfluvial.

Se dispuso que los vehículos y su carga que circulen en las calzadas enunciadas anteriormente (45 toneladas en el circuito de tránsito de carga; hasta 18 en las calles de concesión -25 metros de ancho- y avenidas -excluida Laurencena entre Ramírez y Anacleto Medina-; hasta 12 toneladas en las calles de 15 metros de ancho; y hasta 8 toneladas dentro de la zona del microcentro), superando los máximos admitidos, independientemente de la multa a que hubiere lugar, serán obligados por la autoridad de aplicación de la presente a descargar el exceso de carga, suspendiéndose su circulación por la vía pública hasta que cumpla el mandamiento. Los excesos de carga deberán ser transferidos por el interesado a otros vehículos con capacidad adecuada.

También se dispone que en el caso de sistemas de transporte de cargas por carretones, vehículos con cargas de dimensiones especiales o que tengan dimensiones o peso no adecuados a las arterias a transitar, y además la imposibilidad de transferencia de la carga a vehículos de menor porte, deberán requerir autorización excepcional de circulación.

En tanto, se estableció como circuito de tránsito de vehículos de carga que transporten productos de suelo calcáreo que provengan de la actividad específica de las canteras ubicadas al oeste de la ciudad, el siguiente: de oeste a este, calle Crisólogo Larralde hasta Montiel y luego Montiel hasta Padre Pascual Uva; desde allí, Padre Pascual Uva hasta Moises Lebensohn; Moises Lebensohn hasta Calle 836/Juan B. Justo; Calle 836/Juan B. Justo hasta Avda. de las Américas. La velocidad máxima de circulación de estos vehículos será de 40 km/hora. La carga máxima por vehículo en el circuito será de hasta 18 toneladas.

En otro de los puntos se estableció como circuito de tránsito de vehículos de carga que transporten arena que provengan de la actividad específica de las areneras ubicadas al noreste de la ciudad, el siguiente. De norte a sur: calle Rondeau desde Ingeniero Agr. Arturo Burcard hasta José Hernández;

López Jordán desde calle 736 hasta Acceso Norte. La velocidad máxima de circulación de estos vehículos será de 40 km/hora. La carga máxima por vehículo en el circuito será de hasta 18 toneladas; y como circuito de tránsito de vehículos de carga que transporten productos de arena que provengan de la actividad específica de las areneras ubicadas al noroeste de la ciudad (Bajada Grande), el siguiente: calle Aguilar Torres desde Valentín Déniz hasta Larramendi. La velocidad máxima de circulación de estos vehículos será de 40 km/hora. La carga máxima a transmitir a la calzada por vehículo en el circuito será de hasta 18 toneladas.

Asimismo, se dispuso que los vehículos de transporte provenientes de las empresas enunciadas anteriormente, cuya carga o sus residuos puedan emitir al aire, en vías o lugares públicos, polvo, gases, partículas o sustancias volátiles de cualquier naturaleza, deberán poseer dispositivos protectores, carpas o coberturas hechos de material resistente, debidamente asegurados al contenedor o carrocería.

Para aquellas empresas cuya actividad consista en la exploración, extracción, explotación y comercialización de arenas y suelo calcáreo dentro del ejido de la ciudad de Paraná, se estableció la obligatoriedad de realizar, en los casos de calles no pavimentadas, el riego necesario para evitar la generación de polvo en suspensión.

Finalmente, se dispone que los áridos (arena, canto rodado, escombro, suelo calcáreo, etc.) que sean requeridos para obras particulares deban ser acopiados íntegramente dentro del inmueble donde se ejecuta la obra. En caso de no ser posible esto, se admitirá el acopio de áridos en la vía pública en contenedores flexibles de hasta 2 metros cúbicos de capacidad, de características similares al sistema big bags. Esos contenedores deberán contar con dispositivos que permitan su manipuleo y elevación mediante medios mecánicos. Podrán disponerse sólo en el ancho de frente del inmueble donde se ejecuta la obra, sin ocupar la acera peatonal ni la calzada vehicular, no se permitirá su apilado, el retiro de arbolado urbano ni la impermeabilización de la franja verde de las veredas para localizar este acopio controlado.

En obras particulares no se podrá acopiar arena, canto rodado, escombros, entre otros, en la vereda. Deberá hacerse en el interior, y si no es posible se deberá hacer en contenedores flexibles de hasta 2 metros cúbicos de capacidad.

El Diario.

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