Las industrias lácteas de la provincia tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2005, para cumplimentar la inscripción de sus tambos remitentes, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1604/98, según se informó desde el Programa de Desarrollo Lechero de la Dirección General de Producción Animal. En virtud de la inminente puesta en marcha del Plan Piloto (Liquidación Única , Leche de Referencia y Laboratorios de Calidad de Leche), en todo el país, según lo resuelto por el Foro Nacional de Política Lechera, el N° de Registro de Tambos, deberá constar en las liquidaciones mensuales de pago de la leche. De tal manera que el mismo será condición indispensable y obligatoria para la entrega de leche del Tambero a la Industria. Esta obligatoriedad también se extiende al tambo-quesería, establecimiento que elabora su propia producción, quienes podrán dirigirse a los Municipios de su área de influencia para requerir información o directamente al Programa de Desarrollo Lechero; Dirección General de Producción Animal, Tel/Fax: 0343-4207956/7, e-mail:lecheria@entrerios.gov.ar, 25 de Mayo 113 Paraná.