Opinión

Los impuestos del agro

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Roberto Campi es productor y presidente de la Sociedad Rural de Pergamino. En una nota se refirió a lo mucho que se ha hablado últimamente de la presión fiscal en todos los niveles de la economía, incluido el agro.

Desde nuestro sector existe a veces cierta confusión, porque el cálculo de la presión es complejo, ya que algunos tributos son directos y fijos, mientras que otros varían de acuerdo con la producción, la superficie y la renta.

Para intentar cuantificar esta transferencia de recursos, imaginamos un campo de 400 hectáreas en Pergamino, con niveles de producción muy altos, y una rotación de alguna manera exigida como es normal en la zona.

En él se siembran 200 hectáreas de soja, 100 de maíz, y 100 de trigo soja, con rendimientos de 40 quintales por hectárea, para soja; 90 de maíz, 40 de trigo y 25 de soja de segunda (se llama así a la sembrada inmediatamente después de cosechado el trigo y en la misma campaña).

Suponiendo que las retenciones no afectarán directamente el precio del producto, como sucede en la realidad, sino que se pagarán como otro gravamen, vemos en el siguiente cuadro el valor discriminado para cada tasa o impuesto.

Siempre nos referimos a importes expresados en pesos por hectárea:

Retenciones: 910 pesos

Ganancias: 548 pesos

Impuesto al cheque: 34 pesos

Inmobiliario: 75 pesos

Ingresos brutos: 28 pesos

Sellados: 19 pesos

Red Vial: 8 pesos

Total $/ha: 1621

Siguiendo con los mismos supuestos, la venta neta por hectárea es de 3731 pesos, el total de gastos de producción (sin retribución al propietario), 1091 pesos por hectárea, y el resultado libre de todo impuesto es 2640 pesos por hectárea.

Pero la realidad es otra, porque los tributos terminan llevándose de esa renta el 62% de los $ 1621/ha detallados anteriormente, por lo que esta renta se reduce a $ 1018/ha.

Dicho de otra manera, el productor se queda con el 38% de la renta neta y tributa el 62% de ella.

Muchos son los criterios para cuantificar la presión fiscal.

Los recaudadores miden la correspondiente a su incumbencia (por ejemplo los impuestos nacionales, provinciales y municipales, separados en directos e indirectos), razón por la cual nos cuesta ver la realidad de la totalidad de los gravámenes.

Por eso, con este cálculo, esperamos haber contribuido a su esclarecimiento.

Roberto Campi

Productor y presidente de la Sociedad Rural de Pergamino

Publicado en La Nación

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