El incentivo fiscal del gobierno nacional ahora alcanza a los sistemas y equipos de riego, los bienes de alta eficiencia energética, las mallas antigranizo destinadas al sector agropecuario y los bienes semovientes.
La novedad se conoció tras la aprobación de los listados de bienes que podrán acceder a los beneficios del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) sin necesidad de cumplir con los montos mínimos de inversión establecidos por la Ley 27.802. La medida fue formalizada mediante la Resolución 75/2026.
El RIMI fue creado por la Ley 27.802 con el objetivo de incentivar inversiones nacionales y extranjeras, fortalecer las cadenas de valor, mejorar la competitividad de los sectores productivos, promover el empleo e incrementar las exportaciones argentinas. Entre los beneficios previstos por el régimen se encuentran la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución de créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para inversiones productivas realizadas en el país.
Si bien la normativa establece un monto mínimo de inversión que debe concretarse en un plazo de dos años para acceder a los incentivos, contempla excepciones para determinadas inversiones consideradas estratégicas para el desarrollo productivo. En ese grupo se incluyen los sistemas y equipos de riego, los bienes de alta eficiencia energética, las mallas antigranizo destinadas al sector agropecuario y los bienes semovientes.
En ese grupo se incluyen los sistemas y equipos de riego, los bienes de alta eficiencia energética, las mallas antigranizo destinadas al sector agropecuario y los bienes semovientes. A través de la nueva resolución, la Secretaría de Agricultura aprobó formalmente los listados de bienes correspondientes a tres categorías específicas: sistemas y equipos de riego, mallas antigranizo para uso agropecuario y bienes semovientes. Estas inversiones podrán ser promovidas independientemente del monto involucrado.