Lucha antiinflacionaria

Exigen más información a los exportadores de maíz

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Las empresas que registraron ventas al exterior deberán aportar datos adicionales sobre la operación; no habrá nuevas transacciones hasta que concluya el proceso de control.

El Gobierno brindó detalles este lunes sobre la intervención en el comercio de granos: los exportadores de maíz que ya registraron transacciones para el cereal que comenzará a cosecharse en la próxima campaña agrícola deberán presentarle al Gobierno información adicional a la ya suscrita sobre las operaciones, según la resolución 775, publicada en el Boletín Oficial.

"Dado el inusitado volumen de declaraciones juradas de venta al exterior de maíz cosecha 2006/07 efectuadas con anterioridad incluso al inicio de la siembra, resulta necesario solicitar información adicional a las firmas declarantes a fin de, entre otros objetivos, armonizar la tarea de contralor fiscal vinculada a las exportaciones del producto", indica la resolución.

La norma agrega que, mientras dure este proceso, "resulta conveniente" cerrar en forma transitoria el registro de exportadores.

¿Qué datos deberán aportar los exportadores? Según el segundo artículo de la resolución, las empresas tendrán que presentar medianta una nota que tendrá carácter de declaración jurada "copia del contrato de venta, número de declaración jurada de venta al exterior correspondiente a la venta, país de destino de la exportación, nombre y domicilio de comprador, volumen de venta y precio FOB de venta, período de embarque comprometido y medio de transporte".

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