El Senado provincial, en la sesión realizada ayer, dio sanción definitiva al proyecto de presupuesto para el año 2009. El expediente fue girado de inmediato al Poder Ejecutivo para su promulgación.
El texto fija el presupuesto de la administración provincial en $7.778.610.000., suma con la que se deberán atender los gastos corrientes y de capital del próximo ejercicio. De este total poco más de 3.100 millones insumirán los gastos de personal
Por citar algunas de las finalidades del gasto, debe tenerse en cuenta que $1.293.706.323 serán para Administración Gubernamental, en tanto que $523.663.500 demandarán los Servicios de Seguridad. Los Servicios Sociales tienen una asignación de $5.043.927.777.
El presupuesto contiene importantes obras públicas. El Poder Ejecutivo, una vez promulgada la ley, contará con herramientas para llevar adelante las acciones que le permitan realizar la obra de Reconstrucción Ruta Provincial Nº 46, Tramo Ruta Nacional Nº 12 Arroyo Sagastume y podrá destinar $10.000.000 para reforzar el accionar de la Dirección Provincial de Obras Sanitarias.-
Por citar algunos ejemplos, debe tenerse en cuenta que se incluyeron los siguientes proyectos:
- Ruta Provincial Nº 35 Tramo Ruta Nacional Nº 18 Seguí por hasta la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000).-
- Ruta Provincial Nº A-08 Tramo Cerro Industrial Paranacito por hasta la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000).-
- Acceso Norte a Villaguay por hasta la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000).-
- Avenida Costanera de la Ciudad de Concepción del Uruguay por hasta la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000).-
- Ruta Provincial Nº 11 Tramo Victoria Gualeguay por hasta la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES ($ 150.000.000).-
Los legisladores brindaron además la autorización para que el Poder Ejecutivo pueda realizar operaciones por hasta $ 218.000.000.- con destino a obras de los siguientes organismos:
- Dirección Provincial de Vialidad
· Programa Servicios Agrícolas Provinciales Zona VII: $ 150.000.000.-
· Programa de Infraestructura Vial Provincial: $ 26.000.000.-
- Dirección General de Arquitectura - Obras de remodelación y construcción de edificios escolares: $ 30.000.000.-
- Dirección de Telecomunicaciones: $ 12.000.000.-
Planta Permanente y Personal Temporario
A través del artículo 14 se crearon cincuenta y tres (53) cargos destinados al Poder Judicial de la Provincia ; veinticinco (25) cargos del Escalafón General en la Dirección General de Arquitectura y Construcciones dependiente de la Secretaría de Planeamiento e Infraestructura; catorce (14) cargos del Escalafón General para la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Secretaría de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; setecientos veinticinco (725) cargos del Escalafón Docente, seis mil novecientas (6.900) horas cátedra permanentes Nivel Medio, dos mil (2.000) horas cátedra permanentes Nivel Intermedia, tres mil (3.000) horas cátedra permanentes Nivel Superior, veintiún (21) cargos de Personal Superior Fuera de Escalafón y trescientos cinco (305) cargos del Escalafón General destinados al Consejo General de Educación.-
Se fijó en Cincuenta y nueve mil cuatrocientos doce (59.412) la Planta Permanente de cargos y en Doscientos cincuenta y cinco mil trescientos treinta y tres (255.333) la cantidad de horas cátedra permanente, cabe señalar que este total incluye los cargos y horas cátedras mencionados en el párrafo anterior.
Deja en claro el texto que “dichas cantidades de cargos y horas de cátedra, constituyen los límites máximos financiados por los créditos presupuestarios de la presente Ley. Su habilitación estará supeditada a que se hallen comprendidos en las estructuras organizativas aprobadas o que se aprueben para cada jurisdicción o entidad”.
Además estableció para el Personal Temporario la cantidad de Tres mil doscientos cuarenta y tres (3.243) cupos y en Treinta y un mil seiscientos treinta y cuatro (31.634) horas cátedra, los que serán “el límite máximo a atender dentro de la Administración Pública Provincial” durante 2009.
En este texto también se establece, como en presupuestos anteriores que “el costo de la planta de personal docente suplente deberá tender a mantenerse dentro del ocho por ciento (8%) del costo del plantel docente permanente aprobado por la presente Ley”, artículo que deberá ser reglamentado por el Poder Ejecutivo.
Prioridades para posibles mayores ingresos
El Poder ejecutivo quedó facultado para “ampliar el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos o Fuentes Financieras que conforman esta Ley, con los mayores ingresos de recursos no afectados estimados por la presente, con destino primordialmente a financiar: incrementos salariales de los agentes públicos provinciales y de jubilaciones y pensiones; programas sociales que tengan por objeto atender situaciones de emergencia social; y las erogaciones de las finalidades educación, seguridad y salud”.
Todo lo que se haga en este sentido “deberá comunicarse a la Legislatura ”.