Abre el registro para cobrar el subsidio destinado agricultores

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La ayuda alcanzará a los que plantan hasta 100 hectáreas de maíz y 400 de soja.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informó este sábado que el ministro de Economía, Sergio Massa, finalmente firmó la resolución que crea el Programa de Compensación para Pequeños y Medianos Productores de Soja y Maíz.

Se trata del plan por el cual el Estado subsidiará hasta $ 6.500 por hectárea de soja y hasta $ 20.000 en maíz, y que alcanzará a productores que no participaron del Programa de Incremento Exportador (PIE) -es decir, que no vendieron soja al tipo de cambio diferencial de $ 200- y que cultiven como máximo 400 hectáreas de la oleaginosa y 100 del cereal.

Ese aporte económico se extraerá del dinero obtenido a través del PIE, que movilizó un récord de ventas y una liquidación de divisas que en septiembre que superó los U$S 8.000 millones.

No obstante, el Gobierno informó que se destinarán hasta $ 15.000 millones para este programa, cuando inicialmente se había mencionado que serían $ 42.000 millones.

“Estamos cumpliendo el compromiso de que el fondo recaudado por el programa de fomento a las exportaciones de soja vuelva al sector agrícola, para generar un aumento de nuestra producción y de las exportaciones para el año que viene, pero además para proteger y beneficiar a los sectores que no pudieron participar del programa, porque son los productores más chicos y los primeros que venden”, expresó Massa.

Según informó Agricultura, podrán ser beneficiarios todos aquellos productores de soja y/o maíz que estén inscriptos en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), y hayan declarado allí, hasta el día 30 de septiembre de 2022 inclusive, para la campaña 2021/2022, una superficie destinada a cultivo de soja de hasta 400 hectáreas, y/o una superficie destinada a cultivo de maíz de hasta 100 hectáreas.

Cabe señalar que los productores interesados en recibir el beneficio deberán tener presentado en estado “Confirmado” en el SISA la información correspondiente a su stock/existencias.

Para acceder al mismo se requerirá solicitar expresamente el beneficio en el marco del Programa, autorizar a la AFIP a suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente; indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) a su nombre para que la autoridad de aplicación realice la transferencia bancaria del beneficio; informar un correo electrónico que funcionará como domicilio electrónico a los fines de las comunicaciones que eventualmente la Autoridad de Aplicación pueda requerir cursarle en el marco del Programa.

Es importante señalar que este requisito deberá cumplimentarse dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos de publicada la resolución en el Boletín Oficial, debido a que transcurrido el plazo establecido, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca proporcionará a la AFIP el listado de productores solicitantes, y esta última le brindará a la primera el listado e información correspondiente a cada uno de aquellos que cumpla con los requisitos establecidos.

De acuerdo a la información proporcionada por la AFIP, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobará la nómina de beneficiarios y determinará los beneficios correspondientes.

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