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Cómo operará el nuevo sistema. Actualidad

El próximo jueves comienza a regir el SISA: empresarios agrícolas tendrán un mes para subsanar inconsistencias tendientes a mejorar su "scoring

A partir del próximo jueves 1 noviembre comienza a estar operativo el Sistema Información Simplificado Agrícola (SISA) por el cual se unificarán en una sola plataforma digital todos los requerimientos de información AFIP, SENASA e INASE.
26/10/2018 18:34 hs

El próximo jueves comienza a regir el SISA: empresarios agrícolas tendrán un mes para subsanar inconsistencias tendientes a mejorar su “scoring”

Cómo operará el nuevo sistema.

El próximo jueves comienza a regir el SISA: empresarios agrícolas tendrán un mes para subsanar inconsistencias tendientes a mejorar su “scoring”

A partir del próximo jueves 1 noviembre comienza a estar operativo el Sistema Información Simplificado Agrícola (SISA) por medio del cual se unificarán en una sola plataforma digital todos los requerimientos de información solicitados a empresarios de la cadena de valor agrícola por parte de la Afip, Senasa e Inase.

Sobre cual seria su funcionamiento la publicación de VALOR SOJA lo explica de esta manera: “Este sistema incluye un scoring (calificación) de los productores y operadores del sector basado en su cumplimiento tributario. Durante el mes de noviembre éstos podrán visualizar su precalificación y consultar las inconsistencias detectadas para poder subsanarlas”, indicó la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) por medio de un comunicado difundido hoy viernes.

“Periódicamente se les otorgará una nueva calificación, que les permitirá a partir del 1 de diciembre próxima acceder a los distintos beneficios en función a su conducta fiscal”, añadió.

Los integrantes del SISA –con excepción de los propietarios de campos– serán clasificados en tres categorías. La primera de ellas, denominada “Estado 1”, comprenderá a aquellos contribuyentes que no hayan presentado incumplimientos formales en los últimos 24 meses seguidos, mientras el “Estado 2” es para aquellos que hayan tenido algunos incumplimientos en ese período.

En cuanto al “Estado 3”, el mismo le corresponderá a aquellas personas o empresas que no cumplan con la presentación de declaraciones juradas o presentaciones de regímenes de información en los plazos previstos, requerimientos vencidos y/o pendientes de cumplimiento, procesos judiciales y quiebras decretadas, entre otros factores.

El nuevo régimen indica que a los productores categorizados como “Estado 1” se les retendrá el 5% con una devolución también del 5% en un plazo de 45 días. En lo que respecta a los productores “Estado 2”, se les retendrá el 7% con una devolución del 6%, mientras que a aquellos comprendidos en el “Estado 3” les corresponderá una retención del 8% del IVA.

Para los productores de arroz, en el “Estado 1” la retención será del 10% también con devolución total, mientras que en el “Estado 2” se aplicará un 14% con devolución del 12%. En el “Estado 3” la retención de IVA se fijó en el 16%.

Una novedad importante es que la recategorización para poder pasar del Estado 3 al 2 se podrá realizar de manera automática por parte del contribuyente. Es decir: si alguien formaliza un incumplimiento y no quiere esperar la recategorización hasta el próximo mes, puede pedir la recategorización inmediata en el sistema.

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